Juan Paulo Giménez condenado a seis años y medio de prisión por entrar a tiros en una fiesta
Por Oskar Viéitez
El Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra ha condenado a Juan Paulo Giménez, del clan de los Morones, a seis años y medio de prisión por entrar a tiros en una pedida de mano celebrada en mayo de 2019 en el municipio de O Porriño hiriendo a dos personas.
La sentencia impone a Juan Paulo Giménez dos años y seis meses de prisión por cada uno de los dos delitos de lesiones con instrumento peligroso, con la agravante de reincidencia, y otro de tenencia ilícita de armas.
La Sociedad Gitana Española ha dado a conocer este fallo dejando constancia del "asombro" que le causa el "cúmulo de irregularidades" que, aseguran, existen en la instrucción del procedimiento contra Juan Paulo Giménez.
La magistrada considera probado que Giménez acudió, el 19 de mayo de 2019, a una fiesta de pedida de mano que la familia rival de "Los Morones" por el control de los mercadillos en Galicia, "Los Zamoranos", estaban celebrando en un centro multiusos de O Porriño.
Tras entrar en el recinto, en donde estaba un centenar de personas, inició un tiroteo y como consecuencia de los disparos dos proyectiles rebotaron e impactaron en una menor, a la que el condenado deberá abonar 33.011 euros, y en otro invitado, que recibirá 33.958 euros.
La titular del juzgado pontevedrés asegura que, a pesar de la "animadversión recíproca" provocada por el enfrentamiento de ambos clanes, la versión de los asistentes a la fiesta es "creíble" debido a la "inmediatez" de sus primeras declaraciones.
Todos ellos coincidieron en identificar a Juan Paulo Giménez como el autor de los disparos "sin ninguna duda y ya desde el primer momento", señala la jueza, para la que resulta "verdaderamente difícil" que los testigos se pusieran de acuerdo para declarar lo mismo "apenas una hora después del suceso".
Giménez, según consta en la sentencia, "actuó con conciencia del riesgo que creaba" y, a pesar de ello, "ejecutó su acción", siendo además conocedor de los peligros que comportan las armas, ya que afirmó ante el tribunal "que le encantan y que las identifica a kilómetros".
El otro acusado, Rafael G.J., que según la Fiscalía acompañaba a Juan Paulo el día del tiroteo, ha sido absuelto de todos los cargos, después de que ninguno de los testigos acreditara haberlo visto con el autor de los disparos.
La jueza, además, ha ordenado en la sentencia que se deduzca testimonio contra tres personas que declararon en el juicio por la posible comisión de un delito de falso testimonio.
Se trata de tres familiares de Juan Paulo Giménez, su esposa, uno de sus hermanos y un amigo de la familia; que aseguraron "categóricamente" en el juicio, recuerda la jueza, que el acusado no estaba en Galicia sino en Sevilla el día del tiroteo.
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