Cinco años de cárcel para un hombre que abusó de la hija de 13 años de su pareja y le causó "lesiones psíquicas"
Por Natalia Puga
La Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de condenar a cinco años de cárcel a un hombre acusado de abusar de forma continuada de la hija de su pareja, desde que ella tenía 13 años hasta que se acabó la convivencia.
La sección cuarta de la Audiencia le considera autor de un delito continuado de abusos sexuales de menor de 16 años con prevalimiento y le impone también cinco años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima durante cinco años más.
El hombre también deberá indemnizar a la víctima con 2.902 euros por las secuelas y de 3.000 euros por los daños morales que le causó. Así, según considera probado la sentencia, como consecuencia de los abusos, la adolescente "vivió una situación de angustia y ansiedad reiterada en el tiempo" y "sufrió lesiones psíquicas y estrés postraumático".
La adolescente precisó tratamiento farmacológico para su estabilización durante seis meses y le quedaron secuelas derivadas del estrés postraumático.
El tribunal de la Audiencia considera probado que el acusado, que en la actualidad tiene 43 años, cometió los abusos en el que fue el domicilio familiar entre los años 2014 y 2018, en Marín. Empezaron "una vez que la menor cumplió los 13 años" y continuaron "hasta que cesó la convivencia con su madre, en septiembre de 2018".
La sentencia subraya que la declaración de la víctima supone una "prueba esencial", pues la chica relató lo vivido "de forma inequívoca, clara, contundente y sin exageraciones".
Las tres magistradas de la sección cuarta también destacan que su testimonio está "rodeado de corroboraciones periféricas", entre ellas las declaraciones de una amiga y familiares de la víctima.
Además, el tribunal indica que existen corroboraciones objetivas como el informe pericial de credibilidad del testimonio elaborado por una psicóloga.
Según sostiene la sentencia, los abusos ocurrieron "en varias ocasiones y en fechas no concretadas, pero de manera frecuente y reiterada". El acusado actuó "con ánimo libidinoso" y "aprovechando la relación de confianza que generaba la convivencia con la menor", de ahí que tenga en cuenta la circunstancia agravante de prevalimiento.
Destaca también el tribunal que los abusos contaron con la "oposición" de la menor, que "manifestó en numerosas ocasiones que no le gustaba que le tocase".
Le realizo tocamientos en el pecho, por dentro y fuera de sujetador, en las nalgas y en alguna ocasión en la zona genital por encima de la ropa interior. También le dio besos en la cara y llegó a entrar en el baño cuando ella se duchaba.