La Audiencia de Pontevedra rebaja de 12 a siete años de cárcel a pena impuesta por violar a una mujer con discapacidad
Por Oskar Viéitez
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra rebajó, en aplicación de la LO 10/2022, de 12 a siete años a pena de prisión impuesta a un hombre por agredir sexualmente la una mujer con una discapacidad intelectual.
El tribunal explica que, cuando se dictó la sentencia, para el delito cometido la pena oscilaba entre los 12 y los 15 años de prisión, por lo que fue impuesta en su grado mínimo.
La aplicación de la nueva ley del "sólo sí es sí", según el auto, conlleva una penalidad de siete a 15 años, por lo que destaca que, aplicada la pena en su grado mínimo, como lo fue en la individualización de la pena en la sentencia dictada que devino firme, la pena para imponer es de siete años de prisión.
En el juicio celebrado en julio de 2019, este hombre de nacionalidad ghanesa confesó que en marzo de 2018 había agredido sexualmente a una mujer con una discapacidad intelectual del 65% a la que se encontró en la puerta de un comercio de la ciudad del Lérez y aceptó cumplir por estos hechos doce años de prisión.
El acusado se levantó ante el tribunal, reconoció los hechos y aprovechó para pedir perdón a su víctima. "Lo siento", dijo, según la traducción realizada por la traductora jurada designada para asistirlo.
El acusado había llegado a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía en virtud del cual reconoció los hechos y se benefició de una reducción de la condena: se enfrentaba la trece años y medio de cárcel y aceptó finalmente doce.
El relato de hechos con los que finalmente se conformó recoge que se encontró a la mujer a la puerta de un comercio de la ciudad de Pontevedra, mantuvieron una conversación y la invitó a tomar algo. Fueron juntos a la casa de él, le ofreció una Coca-Cola y charlaron durante un rato. Estaban en su habitación se fue al baño y regreso con el cinturón desabrochado y sin camiseta y la empujó y desnudó de cintura para abajo.
El acusado, que tiene nacionalidad ghanesa pero residencia legal en España, reconoció que ella se opuso a las relaciones y que intentó penetrarla. Además, asumió que sabía que la mujer tiene una discapacidad intelectual del 65%. De hecho, está incapacitada judicialmente y no es quien de dar su consentimiento para mantener relaciones sexuales.
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