El Concello recurrirá la sentencia sobre el cese de Pilar Portela al apreciar "incoherencias"
Por Alejandro Espiño
La sentencia del juzgado de lo social número 3 de Pontevedra, que ha calificado como despido improcedente el cese de Pilar Portela como gerente del Pazo da Cultura, tiene "incoherencias" según el gobierno municipal. Será recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
La concejala de Cultura, Carmen Fouces, que también ostenta las competencias en materia de personal, ha explicado que el Concello "asume" el reproche administrativo del juzgado sobre la forma en la que Portela estaba contratada, pero no la indemnización que fija: 127.840 euros.
Descartada la opción de la readmisión, que ofrece el juez como solución alternativa al pago, Fouces ha defendido que "non foi un despido senón un cese" por la disolución del organismo autónomo del Pazo, que se integró en la estructura municipal "por decisión política".
El Concello entiende que la indemnización que le correspondía a la exgerente, como cargo de alta dirección, ya fue abonada en su día como "finiquito", por lo que discute el pago que impone la sentencia de este juzgado pontevedrés en base a su salario diario, unos 177 euros.
Pilar Portela reclamaba, al igual que pasó con todo el personal laboral del Pazo -que fue subrogado automáticamente por la administración municipal-, que se le considerara como trabajadora del Concello. Por ello, pedía la nulidad de su cese como gerente.
"Nós sempre consideramos que era un posto de alta dirección", ha señalado Fouces, susceptible de ser cesado "sen motivación". De hecho, ha defendido que la indemnización que recibió la exgerente en su día "e que ela non rexeitou" era "acorde" a su puesto directivo.
Si fuera personal laboral, según la edil del BNG, tanto su sueldo como la indemnización por su cese debería haber sido "moito menor", al estar regulado por diferentes normativas. También la sentencia concluye que su retribución correspondería a un contrato de alta dirección.
Las "incoherencias" que aprecia el Concello se centran, especialmente, en que si bien el juez habla en esos términos de su contrato, concluye que sus funciones "no corresponderían" con un cargo directivo, sino más bien con las de un jefe de servicio municipal.
El magistrado sí hace un reproche a la forma en la que estaba contratada Pilar Portela. Apunta que su contrato inicial era por un año y tendría que haber sido cesada a su término. A pesar de ello, se mantuvo en el tiempo hasta que se decidió disolver el Pazo, veinte años después.
A pesar de ello, Carmen Fouces asegura que durante ese tiempo "non houbo ningunha advertencia" por parte de ningún servicio técnico municipal "que puxera sobre aviso sobre este contrato". En todo caso, "asumimos que se fixo mal".
La sentencia deja claro, en todo caso, que la decisión de cesar a Pilar Portela no vulneró "ningún derecho fundamental" y que tampoco fue tomada como "represalia" o "animadversión" hacia la demandante, sino en el marco de una reorganización administrativa.
LOS SINDICATOS PIDEN SU READMISIÓN
Tras conocerse esta sentencia, todas las organizaciones sindicales con representación en el Concello -CIG, UGT, CC.OO, AFUMPO, SPPME y CSIF- han reclamado al gobierno municipal que no recurra este fallo judicial y proceda a la readmisión "urgente" de Pilar Portela como trabajadora municipal, adscrita al servicio de Infraestructuras Culturales.
Entienden que el juzgado de lo social número 3 de Pontevedra avala la "inexistencia" de sus funciones de alta dirección, por lo que consideran que debe ser subrogada en las mismas condiciones que todo el personal del Pazo da Cultura.
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