Jacobo Mesías
¿Es obligatorio llevar el DNI encima?
Hace unas semanas, me preguntaba una amiga si estaba obligada a exhibir el DNI a un Guardia Civil si este se lo solicitaba. Mi primera reacción fue preguntar qué había pasado (las autoridades no suelen ir por ahí identificando a la gente de forma indiscriminada). El caso es que estaba en una especie de protesta, sobre la cual no viene al caso profundizar, y en el marco de la misma, uno de los guardias actuantes se le acercó, y le pidió su documento de identidad. Ella, puesto que entendía que no estaba haciendo nada malo, se sintió molesta, y de ahí el planteamiento de la duda.
La respuesta fue clara: efectivamente, estaba obligada a exhibirlo. Entonces ella se molestó más con la situación, y me dijo que no había hecho nada, y que no lo entendía. Mi segunda respuesta fue que, de forma cordial, le preguntase al guardia la razón de dicha identificación, ya que están obligados a informar al respecto, y que, en todo caso, les facilitase su trabajo. A continuación, parece ser que le enseñó su DNI, y sin mayor contratiempo, pudo continuar la protesta como si nada.
El asunto es el siguiente: ¿y si no lo llevase encima?
Reiterando lo dicho líneas atrás, la ley obliga a exhibir el DNI cuando lo requiera un agente, sin embargo, en ningún lugar dice que sea obligatorio llevarlo encima. Efectivamente, suena contradictorio, pero así es.
Si se da la situación de que no lo llevas, lo más probable es que te pidan información personal, para poder comprobar tus datos de forma telemática o telefónica, y una vez hecho esto, no debería pasar de ahí el asunto.
Para el caso de que se tense la situación, y el ciudadano se niegue en rotundo a facilitar sus datos, dice la norma que "los agentes, para impedir la comisión de un delito o al objeto de sancionar una infracción, podrán requerir a quienes no pudieran ser identificados a que les acompañen a las dependencias policiales" (para ser identificados allí). Es decir, el individuo en cuestión se expone a que le lleven a comisaría, pero nada más. Ni es una detención, ni está obligado a declarar, ni nada por el estilo. Simplemente confirmar su identidad.
Ojo con respecto al carné de conducir, no vayamos a confundir churras con merinas, y nos metamos en un lío. Este último sí es obligatorio llevarlo cuando se conduce, al menos hasta que la DGT ultime la app que está preparando para que tengamos el carné en el propio móvil, pero bueno, esa es otra guerra.
En síntesis, no es obligatorio llevar el DNI encima, aunque sí diría que es recomendable, especialmente en determinadas circunstancias. Ya lo saben, "el contexto es lo que cuenta".